miércoles, 26 de mayo de 2010

VENEZUELA PAGARÍA A REFIDOMSA CON DEUDA DOMINICANA....


SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- A juzgar por lo que describe el ordinal sexto del acuerdo de compraventa del 49 por ciento de las acciones de la Refinería Dominicana de Petróleo (Refidomsa) por Petróleos de Venezuela Caribe, S.A., los 133 millones de pesos en que fue tasada la empresa no entrarán como dinero líquido a las arcas del Gobierno.
En este ordinal del contrato las partes acuerdan “que el precio establecido en el Ordinal Quinto, para la compra-venta del cuarenta y nueve por ciento (49%) de las acciones propiedad del Estado Dominicano en Refidomsa será pagado según se establece en el Anexo “C” –

FACTURAS A UTILIZAR EN COMPENSACIÓN DE PAGO”.
A continuación, el documento detalla estas facturas incluidas en el Anexo C, que serían compensadas con el traspaso de las acciones:

A. Compensación del saldo pendiente --o vencido-- entiendiéndose como tal el monto del principal así como los intereses generados de conformidad al Contrato de Venta No. SA 134013, hasta la fecha del presente ACUERDO, menos los pagos recibidos --correspondientes a la Factura No. 485261-0 y a la Factura No. 485262-0, de la porción pagadera a corto plazo (o porcdión de contado) por concepto de la compra-venta de crudo bajo el Contrato de Venta No. SA 134013, suscrito entre PDVSA Petróleo, S.A. --filial de Petróleos de Venezuela, S.A (PDVSA) y el ESTADO DOMINICANO, en fecha primero (1) de enero de 2008, y, compensación de la Factura No. 484894-1, de la Factura No. 48895-1 y de la Factura No. 484896-1, correspondientes a la porción pagadera a corto plazo (o porción de contado) por concepto de la compra-venta de produtos derivados del petróleo y GLP bajo el Contrato de Venta No. SA 134202, suscrito entre PDVSA Petróleo, S.a. (antes aquí identificada) y el ESTADO DOMINICANO, en la misma fecha primero (1) de enero de 2008. La sumatoria del saldo pendiente --o vencido-- de las cinco (5) Facturas arriba identificadas asciente a la cantidad de TREINTA Y SIENTE MILLONES Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON TREINTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR (us$ 37 067 520. 32)

B. Y el saldo restante, es decir, la cantidad de NOVENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON DIECIOCHO CENTAVOS DE DOLAR (US$ 96.367.012,18), mediante la compensación con la porción pagadera a corto plazo (o porción de contado) --no vencido-- de las facturas petroleras derivadas de Contratos de Venta que hayan sido suscritos, hasta la fecha del presente ACUERDO, entre PDVSA Petróleo S.A. y el ESTADO DOMINICANO para a compra-venta de crudo y productos derivados del petróleo y GLP, y hasta la concurrencia de dicho monto".

Si la lectura profana de estas clausulas no andan totalmente descaminadas, de lo que se trata es que Venezuela pagará las acciones en Refidomsa con la deuda dominicana contraída con PDVSA en el marco del acuerdo Petrocaribe.
Esta interpretación cobra cuerpo en lo que establece el párrafo ii) del Ordinal Quinto, y según el cual el precio acordado será pagado por PDV Caribe de conformidad con lo indicado en el Ordinal Sexto del acuerdo; es decir, mediante la compensación de los saldos insolutos por la compra de crudo por Refidomsa.

De ser estas las condiciones en que el Estado dominicano traspasó a Venezuela el 49 por ciento de las acciones de la empresa estatal, las autoridades están obligadas a explicar la inclusión de este pago en el Presupuesto Nacional de 2010 como parte de los ingresos, que también se mencionaría de manera implícita en la carta de intención presentada al Fondo Monetario Internacional para la firma del acuerdo stand by suscrito el año pasado.

En el párrafo 15 del memorando se dice textualmente que “se esperan unos 100 millones de dólares de los ingresos por venta de activos públicos”.

7dias.com.do publica íntegro el contrato en formato pdf para que sea consultado por los lectores interesados.

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