miércoles, 29 de diciembre de 2010

DIPUTADOS FRACASAN EN INTENTO DE APROBAR LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL....

SANTO DOMINGO (R. Dominicana).-
 El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) no pudo reunir el quórum para someter a votación hoy el proyecto de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procesos Constitucionales, el cual necesita de las dos terceras partes de los para su aprobación.
Ante la aprehensión de que el proyecto se caería, por la insuficiencia de votos a favor, los diputados oficialistas optaron por no registrarse como presentes, para provocar que la sesión fuera pospuesta.
De 90 diputados del PLD presentes sólo registraron su presencia en el hemiciclo 26, mientras que los del opositor Partido Revolucionario Dominicano (PRD) se registraron casi todos, de una matrícula de 70, con la intención de votar en contra, con lo que no habría sido posible lograr la aprobación con las dos terceras partes como establece la Constitución.
El bloque del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), aliados del PLD, también se registró casi en su totalidad, sin embargo, no tenía una posición unificada. El vocero de esa bancada se proponía plantear que el proyecto sea enviado a una comisión de estudio.
El tranque surge porque el proyecto aprobado en el Senado contempla que el Tribunal Constitucional no podrá decidir sobre las sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia, moción que ha sido defendida por el presidente de ese órgano judicial, Jorge Subero Isa, y consentida por el presidente Leonel Fernández y el Comité Político del PLD, según lo ha revelado el presidente de la cámara alta, Reinaldo Pared Pérez.
En horas de la mañana los diputados del PRD se reunieron con los dirigentes de ese partido Geanilda Vásquez y Virgilio Bello Rosa, para ser orientados sobre cómo votar con relación al proyecto.
El artículo 184 de la Constitución dice: “Habrá un Tribunal Constitucional para garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. Sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado. Gozará de autonomía administrativa y presupuestaria”.

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