jueves, 27 de mayo de 2010

REPUBLICA DOMINICANA ASUME TODOS LOS PASIVOS Y VICIOS DE REFIDOMSA...

SANTO DOMINGO (R. Dominicana).-
El único pasivo financiero de los contraídos con anterioridad a la “fecha de verificación” que asume la “empresa mixta” Refinería Dominicana de Petróleo PDV. S. A (Refidomsa PDV), nombre de la nueva entidad comercial, son los 23.2 millones de dólares correspondientes al saldo insoluto del precio de la Operadora Puerto Viejo S.A. (OPUVISA).

Al margen de este reconocimiento, el contrato entre la República Dominicana y Venezuela para la compra-venta del 49 por ciento de las acciones de Refidomsa establece que cualquier pasivo o contingencia, incluidos de manera expresa los pasivos ambientales y financieros, serán “de la exclusiva responsabilidad del Estado dominicano”.

La fecha para la determinación de estos pasivos es la llamada “fecha de verificación”, momento en que se hayan cumplido cabalmente todos los procedimientos contractuales, que en el caso dominicano son la celebración “efectiva de una asamblea general de accionistas para discutir y aprobar los estados financieros, el precio de venta, la anulación de certificados de acciones y emisión de nuevos, y renuncia de los actuales miembros del Consejo de Administración.

De conformidad con lo estipulado en el Ordinal Décimo Segundo del contrato, los pasivos que deberá asumir el país pueden o no estar reflejados en los libros de la contabilidad de Refidomsa, lo que implica que, en caso de un eventual reclamo, cualquier indemnización a terceros –incluyendo honorarios de abogados o de otros expertos—correrán “por la sola y exclusiva cuenta del Estado dominicano”.
En el ordinal siguiente, el Estado dominicano asume el compromiso –“frente a Refidomsa y muy especialmente frente a PDV Caribe—a responder por el saneamiento de “vicios ocultos” que aparezcan en los activos de Refidomsa hasta doce meses después de la llamada “fecha de verificación” y hasta un monto total de 30 millones de dólares.
El ordinal define como vicios ocultos “aquellos defectos que no estén a la vista y que hagan impropio el uso del activo para el cual está destinado, o que disminuyan sensiblemente su utilidad”.
Esto implica, según la interpretación de entendidos, que cualquier desperfecto que afecte el normal funcionamiento de la refinería deberá ser reparado y pagado por el país no obstante la vigencia de la “empresa mixta” ha que ha dado lugar el acuerdo domínico-venezolano.

7dias.com.do

No hay comentarios:

Publicar un comentario